NOTA DE PRENSA
A LOS
MEDIOS DE COMUNICACIÓN
OPPIDUM ELEBERIS SOLICITA LA RETIRADA DE LAS DECENAS DE
APARATOS
DE AIRE EN LAS FACHADAS DE LA FACULTAD DE DERECHO
16 de
mayo de 2017
El antiguo colegio jesuita de San Pablo, hasta 1980 sede de la Universidad
de Granada y hoy Facultad de Derecho, es un edificio del siglo XVI, que figura
inscrito en el Catálogo General de Patrimonio Histórico andaluz y español, como
bien de Catalogación General y por lo tanto sujeta a lo dispuesto en el
artículo 19 sobre Impacto Visual y Perceptivo de la Ley 14/2007, de Patrimonio
Histórico Andaluz, que considera contaminación visual todo uso que distorsione o
degrade los valores de un bien inmueble o su entorno.
Actualmente se están ejecutando un proyecto de obras de Rehabilitación
Integral de las cubiertas del Edificio San Pablo (Facultad de Derecho).
Por tal
motivo, presentando un escrito el pasado 26 de enero al Rectorado, preguntando
si el mencionado proyecto recoge la retirada y eliminación de los aparatos de
aire acondicionado de sus fachadas y recolocación en un espacio donde no sean
visibles. Escrito que no ha tenido respuesta por parte de los rectores de
la universidad, desconociendo al día de
hoy si el mencionado proyecto incluye esta medida correctora.
La Asociación patrimonial, ante esta situación ha puesto en conocimiento,
en sendos escritos presentados hoy, 16 de mayo de 2017, ante la Delegación Territorial de la
Consejería de Cultura y Ayuntamiento de Granada, la existencia en el edificio
catalogado de varias decenas de aparatos acondicionados y sus cableados en las
fachadas que dan a las antiguas calle Riaño y
Cobertizo de la Botica, integradas hoy en la facultad, en la del Jardín
Botánico y en la calle Duquesa.
En estos escritos la Asociación solicita a las
administraciones competentes el cumplimiento por parte de la Universidad de Granada de lo dispuesto en el artículo 19, sobre Contaminación Visual y Perceptiva y de su Disposición Adicional Tercera, que
dice que a contar desde la entrada en
vigor en enero de 2008 de la Ley 14/2007, las personas o entidades titulares de
instalaciones o elementos a que se refiere el artículo 19, estarán obligadas a
retirarlos en el plazo de tres años; plazo que terminaba en el año 2011 y
estamos a 2017.
Asociación
Oppidum Eleberis.
Protección y
difusión del Legado Histórico Granada
Narciso R.
Crespo
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