jueves, 10 de agosto de 2017

CONJUNTO HISTÓRICO DE GRANADA



TODO EL CONJUNTO HISTÓRICO DE GRANADA ESTÁ PROTEGIDO



 " La conservación de los CONJUNTOS HISTÓRICOS declarados Bienes de Interés Cultural comporta el mantenimiento de la estructura urbana y arquitectónica, así como de las características generales de su ambiente. SE CONSIDERARÁN EXCEPCIONALES LAS SUSTITUCIONES DE INMUEBLES, AUNQUE SEAN PARCIALES, y sólo podrán realizarse en la medida en que contribuyan a la conservación general del carácter del Conjunto"
 

Artículo 21.3 de la Ley 16/1985, Patrimonio Histórico Español, la ley que emana de la Soberanía Nacional y que obliga a todos los territorios del Estado

 

Queda claro que la DECLARACIÓN COMO BIC protege toda la Trama Urbana, catalogado o no, queda claro que la demolición es excepcional y queda también claro que la obra nueva excepcional puede realizarse si contribuye a la conservación general del Conjunto, solo hay que aplicar el sentido común.

No todos los municipios, villas, ciudadades y capitales tiene el valor arquitectónico para que su Casco Histórico se declare Patrimonio Histórico, algo que a juicio del Ayuntaamiento deprncipios de siglo si merecía Granada, cuando elevó una petición corportaiva para que Granada se declarase Ciudad Artística en 1929. Al día siguiente de su Declaración seguía destruyendo sin miramientos su Conjunto Monumental, parece ser, como ahora, que solo le interesaba el tituliti por si caida algunas partidas del Estado, es innumerable y no cabe en un libro lo destruido y el desprecio hacia su patrimonio por parte del Ayuntamiento, nunca se pone al frente de su legado histórico, sino al frente de su destrucción y hoy con la democracia sigue la misma dinámica, ahora con el apoyo inestimable de la Junta de Andalucía, que hace y deshace a su antojo, sin que los ciudadanos tengamos nada que haer ni que decir y a pesar de tener leyes patrimoniales que también se quedan en papel mojado y que solo sirve de pantalla y de tituliti.
 

 EL PEPRI CENTRO
 ElPEPRI Centro regula el urbanismo del Centro, que coincide con la delimitación del Conjunto Histórico declarado, su normativa debería regular, proteger, conservar y realzar el Centro Histórico, pero nada de eso se ve en su articulado, una amalgama de normas sin orden ni concierto, donde todo todo cabe, desde la demolición de todo lo que no esté catalogado, incumpliendo flagantemente lo dispuesto en el artículo 21.3 del PHE y el PHA, así como las intervenciones en los edificios catalogados, que solo sirve si en su entorno se puede hacer algún Atrio que pervierta su valor arquitectónico, el legado se ve como un engorro, una pesada carga. Cuarenta años de democracia donde no se ha hecho absolutamente nada en la Ciudad, solo hay que echar un vistazo o recorrer sus calles y sus barrios, algo que a los que se presentan a las elecciones y obtienen concejalías deberían hacer y salir de su burbuja de poder. El Centro es un cao automovilístico, no se ha avanzado en su petonalización, lleno de aparcamiento subterráneos, los monumentos sirven de aparacamiento de motos, las aceras ocupadas por las terrazas y por los comercios de souvenir, edificios abandonados esperando su ruina y su demolición, algo que igualmente contraviene la LPHE y la LPHA, sin ordenamiento de baqjos comerciales ni rotulaciones de negocios, lleno de graffiti, aparcamientos ilegales en los entornos amurallados, en el Rey Chico, contaminación visual y perceptiva con señales, mobiliario, antenas, ableados, aparatos de aire, en lo único que se ve la mano firme y decidida del Ayuntamiento y la Junta de Andalucia es en apoyar la demolición a diestro y siniestro. Ni una medida se ha adoptado en la etapa democrática para ordenar Granada y realzar su entorno monumental y cuando hablamos de Ayuntamiento nos referimos no solo al equipo de gobierno, sino también a los concejales que están en la oposición.

 Y COMO REGULA EL PLAN DE REFORMA ESPECIAL PARA LA PROTECCIÓN INTERIOR DEL CENTRO DE GRANADA QUE COINCIDE CON LA DELIMITACIÓN DEL CONJUNTO HISTÓRICO LAS ACTUACIONES DE DEMOLICIÓN EN EL CASO DE EDIFICIOS NO CATALOGADOS EN EL CONJUNTO HISTÓRICO

Espero que nadie se asombre, se asuste o se ponga las manos en la cabeza, pues por lo visto como en mi pueblo de Villa Te Empujo de Abajo, que tiene algunas casas y poco más, se puede dejar hecho un solar y además se dice que para cumplir con el mandato legal de obligado cumplimiento del artículo 21.3 de la LPHE, como único requisito que se le exigirá a los particulares que lo pidan, será que presenten un proyecto de demolición y un proyecto de ejecución, ya se que nadie se lo cree, pero es cierto y si no lean detenidamente los artículos que hablan de la demolición:

Este tema se trata en el  Art. 4.3. 2 . CAPÍTULO III y viene a decir que en edificios no catalogados, es posible la sustitución completa del mismo independientemente de su estado de conservación, via libre para la desparicien del Conjunto Histórico.

Y para arreglarlo dice sin sonrojarse, que para dar cumplimiento a lo establecido en el art. 21. 3 de la LPHE será preceptiva la presentación simultánea ante el Ayuntamiento del proyecto de demolición y del proyecto ejecución de nueva edificación. Díganme ustedes que tiene esto que ver con lo que dice la Ley de Patrimonio Histórico Español en su artículo 21.3, parece de coña, no les parece, aquí se dice que la demolición es exepcional, justificada y que además mejore la trama urbana ambiental del conjunto.

Y siguiendo con su argumentación termina diciendo, que el Ayuntamiento concederá la licencia de demolición previa comprobación de que el proyecto ejecución de edificación cumple las condiciones urbanísticas y las de estética urbana del presente Plan Especial y asunto resuelto, via libre a la demolición del Conjunto Histórico.

Lo excepcional y prohibido el Ayuntamiento de Granada y la Junta de Andalucía que ha dado su visto bueno, lo convierte en POSIBLE y lo posible lo convierten  en VÍA LIBRE DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA CONCEDER DEMOLICIONES A DIESTRO Y SINIESTRO con solo presentar dos proyectos y vaciar de contenido la declaración del CONJUNTO HISTÓRICO por la puerta de atrás, actuando como si Granada fuese Villa Te Empujo de Abajo.

Y llegamos altema mollar del tema que nos ocupa, la obra nueva y sus consecuencias Estéticas y Ambientales en la Trama Urbana protegida, una obra nueva que no solo no contribuyen a realzar el conjunto, sino que literalmente lo están destruyendo, como se hizo en los años sesenta, levantando edificios con un fuerte impacto ambiental y tipológico que está destruyendo su trama histórica y que en unos años no va a quedar absolútamente nada, perdidos en una regulación normativa contradictoria en el PEPRI CENTRO.
En el Artículo 6.2 del CAPÍTULO II, que habla de las Condiciones Generales de Estéticas Urbana dice que el proyecto de edificación exige dice que las condiciones estéticas son las que se imponen las edificaciones para la preservación del ámbito urbano y la valoración y mejora de la imagen del CONJUNTO HISTÓRICO, COMO UN BIEN DE INTERÉS CULTURAL A CUSTODIAR, corresponde al Ayuntamiento regular mediante resolución debidamente motivada regular cualquier actuación lesiva para la imagen del Conjunto por no armonizar con su condición ambiental, añade que las nuevas construcciones deberán responder en su diseño a las características dominantes del ambiente donde hayan de emplazarse, recomendándose como norma general la mayor sencillez, evitando la imitación historicista de arquitecturas correspondientes a épocas pasadas. Todo papel mojado

Para añadir que en edificios no catalogados podrá proceder a la modificación de una fachada existente de acuerdo con un proyecto adecuado que garantice de mejora del conjunto arquitectónico y su relación con los edificios existentes.

Para a continuación darle la vuelta al calcetín y decir que podrán autorizarse soluciones de composición de fachadas diferentes a lo regulado en los artículos de estas normas para edificios de nueva construcción, siempre que se garantice la integración ambiental y compositiva de su entorno, incorporando la arquitectura contemporánea como nuevo referente de la escena urbana, menudo lío, entonces de qué estamos hablando, de conservar y proteger el Conjunto Existente o sustituir todo el Conjunto Existente o mejor dicho haga lo que haga estoy dentro de la ley y acierto, parece que esta es la versión adecuada.

Y con esta forma de cumplir lo dispuesto en el artículo 21.3 de la LPHE y la vuelta de calcetín que le da el PEPRI Centro, no hay edificio que se resista, aunque sea la casa donde vivió la familia de Federico García Lorca, nada escapa a la demolición y obra nueva, aunque no tenga que ver nada con lo dispuesto en las Leyes Patrimoniales y Cultura, por supuesto autorizando todo lo que se le presenta.

UN EJEMPLO MÁS QUE SIGNIFICATIVO ESTÁ SIENDO EL HOTEL MONTECARLO Y LA CASA DONDE RESIDIO LA FAMILIA LORCA y su polémica demolición, utilizando la vía del Posible como único argumento, por lo que se puede ver en las declaraciones en este artículo de IDEAL:


Se dice en este artículo que el Ayuntamiento se vio en la obligación de conceder la licencia de obra, al no estar el edificio catalogado como lugar de protección patrimonial, ni por la Junta de Andalucía ni por el Ayuntamiento de Granada, se dice en la prensa…, algo que se repite como un mantra, como si toda su Trama Urbana no tuviera la protección genérica como Bien de Interés Cultural y lo excepcionalq ue tiene que ser las demoliciones y en este caso mucho más por ser edificios que no presentan ruina y que además estaba incluido entre los LugaresLorquianos para su declaración como Bien de Interés Cultural con la tipología de Sitio Histórico.... 

y añaden en este artículo declaraciones de los responsables de las administraciones encargadas de la Conservación del Conjunto Histórico… “Por lo que nos trasladan, no tiene un valor arquitectónico importante», explica el concejal de Urbanismo del Ayuntamiento de Granada, Miguel Ángel Fernández Madrid. «Llevamos tramitando el proyecto un año, no es una decisión que se haya tomado de la noche a la mañana», añade. El inmueble, en estado de abandono, ha sufrido incluso 'okupaciones' y «requería de una actuación urgente», argumenta Guillermo Quero, Delegado de Cultura, que considera que el nuevo hotel puede ser «un espacio para dignificar y recordar» a Lorca. 

Como se pueden ver todos los argumentos son de peso, justificados, argumentados, se basan en la Ley de Patrimonio y en la declaración de Granada como Conjunto Histórico, pues nada de eso..., abandono…., okupación…, que no está claro que fuese la Casa que ocupara la familia Lorca o que el nuevo edificio puede ser un espacio para dignificar el recuerdo de Lorca, las mismas que se pueden argumentar en Villa Te Empujo de Abajo que no tiene un CONJUNTO HISTÓRICO PROTEGIDO. 

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